60 años del voto de las mujeres
De la protesta a la propuesta.
Mtra. Laura
Susana Chía Pérez*
Han
transcurrido 60 años (octubre de 1953) de que se estableció el sufragio
femenino como un derecho político que habilita a la mujer en el ejercicio pleno
de votar y ser votada además de promover la necesaria e incluyente participación
femenina dentro del poder político de su comunidad.
El logro
del sufragio femenino, fruto de una voluntad político-institucional en el
México de aquel entonces luego de presiones viniendo de países occidentales así
como de una presión de las mujeres por la ciudadanía, lucha que enfrentaron por
acceder a un estatus democrático inclusivo -largo y duro proceso que bien vale
reconocer y fue el bastión fundamental y primer objetivo del movimiento
feminista (Camacho Ortiz, Dulce Alejandra, 2009)- vino a contribuir en la
construcción simbólica de ciudadanía desde una –aunque parcial- visión de equidad de género, así, la incursión de
las mujeres en los espacios políticos fue y ha sido sin duda una conquista
valiosa en tanto que la coloca en el espacio político público (la visibiliza,
entre bienes y males) antes cultivado, organizado, regulado, normado, fomentado
y manejado en concesión exclusiva por el y para el poder masculino o mejor dicho
por una dominación patriarcal absoluta, conservadora de ayer y neo-conservadora
colonialista de hoy.
Esta
afortunada incursión de mujeres en la vida pública y política actuó desde el
principio a contracorriente y oponiendo
resistencia a la lógica cultural de la tradición, confrontando los estereotipos
conservadores de género, cuestionando la desvalorización social de lo femenino
y el igualitarismo de origen que niega diferencias específicas, el papel
asignado a las mujeres en los partidos políticos, etc.
No obstante
el hecho de que el estado en aras de fortalecer un estado democrático ha
tutelado los derechos políticos de las mujeres buscando la equidad e igualdad
real entre mujeres y hombres existe un desequilibrio real en la representación
política, una sub-representación de las mujeres en cargos de elección popular a
pesar de que –ellas- representan el 51.2 % de la población mundial y el 51.7%
del padrón electoral en México. Esto quiere decir que el estado no ha
fortalecido en su rectoría, sea por acción u omisión, la representatividad
democrática real y equitativa de las mujeres. Una distinción que podemos hacer a
este respecto es que existe una diferencia entre el “Derecho en los libros” y
el “Derecho en acción”, tal dicotomía da cuenta del hecho de que el Derecho
legislado muchas veces difiere del Derecho tal como es implementado (Roscoe
Pound, 1910)
Aunque la
ley respecto de los derechos político electorales debería proteger un sustrato
de igualdad en la diferencia formal entre “ellos” y “ellas” el desequilibrio
existente en las relaciones de poder entre los géneros no permitió en la acción
una inclusión democrática de mujeres que permitiera eliminar las desventajas frente a los
hombres. Dicho de otra manera, se creó una dimensión de antagonismos,
competencia y hostilidad entre “ellos” y “ellas” que poco ha contribuido al
debate y la reflexión compartida, al acuerdo, la gestión y la negociación
política para el desempeño de buenas, mejores o nuevas agendas políticas, “ellos”
vieron subir a las mujeres, como una invasión peligrosa, al bastión de los
derechos políticos que consideraron desde siempre “bienes vitalicios androcéntricos”.
Las mujeres
luchaban y han luchado por el espacio formal inclusivo, en igualdad apoyándose
en la diferencia (biológica y desigualdades socialmente construidas por ellos
los hombres) mientras que “ellos” pelearon y siguen peleando por no soltar
prerrogativas ni abrir el espacio político en el que la cultura androcéntrica les
ha empoderado, fortalecido e instituido. Con todas las armas que este poder les
ha dado, como en un ring se pusieron los guantes para su defensa, ellas
también, sonó la campana y comenzó el “ejercicio
democrático equitativo” ¡pero ojo! se inicia la competencia, ellas por
acceder a sus derechos y prerrogativas político-electorales y ellos por no
otorgar lo que siempre fue “suyo”, desde una mecánica y juego subordinado a las
reglas del otro, sin ventajas y/o medidas compensatorias para ellas, con
características de objetividad y racionalidad masculinas, desde una
normatividad que reproduce, traduce, representa y preserva las relaciones de
poder y desigualdad histórica entre géneros, en una contienda de antagonismos
enconados, donde uno solo ha de ganar, no hay lugar para dos ni para una. Esta
“burbuja de lo masculino” nunca ha compartido ni lo político ni la política ni
las cuentas públicas nacionales, ni el poder que ello les ha representado.
Dice Marta
Lamas que no basta con declarar la igualdad de trato cuando en realidad no
existe igualdad de oportunidades, (que) el trato igualitario dado a personas
socialmente desiguales no genera per se la
igualdad, ni tampoco es suficiente el solamente prohibir los tratos
discriminatorios para establecer condiciones de ventajas -políticas,
electorales, laborales, sociales, etc- para las mujeres, que se requiere reformar
la vida familiar y establecer para las mujeres condiciones de ventaja
tendientes a corregir las diferencias de trato social denominadas acciones afirmativas.
El panorama
parece hostil, lo es, aunque en este tiempo y este momento desde la filosofía
feminista como campo de estudio y análisis que coloca en el centro del
pensamiento crítico la relación con el poder, ese que ha dominado y sometido a
las mujeres en relación con los hombres se han establecido puentes y
andamiajes teóricos, de
reconceptualización, regulatorios, afirmativos y sensatos que han permitido
modificar el escenario político (un ring) que ha venido avanzando en sentido
contrario en la construcción de relaciones equitativas entre hombres y mujeres.
En México, dice Marta Lamas, hay mucho por hacer y las mujeres y hombres no
deben estar ya en esferas separada
*Activista
de la sociedad civil organizada
Mujeralia
41.5% de
demandas ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, desde
que se creo en 1996 hasta octubre del 2008 fueron promovidas por mujeres
11 mil 394
asuntos resueltos por la Sala Superior a octubre del 2008
37.2%
fueron promovidos por mujeres
De estos 4
mil 230 asuntos, el 52.3% fueron demandas contra un partido político
38.5%
fueron contra una autoridad electoral federal o local
24.1% por presunta
violación a los derechos de las mujeres de ser votadas.
41.5 % de
las demandas presentadas en todos estos año ante el TEPJF, casi la mitad de
ellas fueron promovidas por mujeres quienes en los hechos han tenido una escasa
presencia política, entre el 3.5 % al 24% .