lunes, 27 de junio de 2011

A Reserva. La Ley, instrumento a conveniencia

Bárbara GARCÍA CHÁVEZ

La administración pública es la estructura orgánica del poder ejecutivo para realizar las tareas permanentes que la Constitución y las leyes señalan al Estado, con el único fin de satisfacer las necesidades generales.

Considerando la vorágine política que marcó la transición electoral que dio el triunfo a la coalición derecha-centro-izquierda, derrotando 80 años de priismo oaxaqueño y originado por grandes movimientos sociales y políticos, las reformas legales para modificar estructuras fundamentales no se hicieron esperar.

El propósito fue hacer patente el desprecio por lo que fuera el marco legal de actuación del ignomioso URO y por supuesto marcar “diferencias” que permitieran demostrar la panacea del mejor gabinete, con fuerte carga mediática que implicara la nueva “ética política”. Tal fue el sonadísimo caso, aún vigente del requisito para ser designados los funcionarios y funcionarias de primer nivel de contar con una carrera universitaria y título registrado. Asunto sabido, es que una ley a modo, no siempre resulta ni ejemplar ni eficaz y mucho menos funcional.

Esta breve recopilación informativa pretende revisar reflexivamente la nueva Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca, la cual literalmente fue el primer acto autoritario del gobernador electo antes de asumir su cargo; mandato que incluso parecía el primer abono que le cobró a las bancadas de la coalición y que determinó las primeras negociaciones con la fracción del PRI, que sin debate levantó sumisamente el dedo.

Este ordenamiento, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca es el fundamento jurídico del Gobierno del Estado de Oaxaca, que determina sus funciones, atribuciones y competencias. La importancia de las modificaciones sustanciales, es evidente, no sólo responden a la necesidad de ser y verse diferentes a los actores del negro pasado político; en lo fundamental se pretendió manipular la estructura jurídica que permitiera el nuevo acomodo de puestos y funciones que satisficiera medianamente los requerimientos del PAN, PRD, PC y PT, sin descontar a los reciclados acomodaticios del PRI –los que se encontraban en receso, seguidores de Diódoro Carrasco, José Murat y aunque no lo crean del propio Ulises Ruiz-, más los amigos de infancia de Gabino Cué, y por supuesto, uno que otro rico empresario.

En principio, la administración pública es aquella actividad que se encuentra escenificada por el poder político del Estado, a través de una serie de dependencias y organismos que integran los sectores centralizado y paraestatal, que lleva como finalidad atender necesidades de interés social o colectivo.

En el ámbito de las entidades federativas el gobernador es el jefe de la administración pública, es el titular y responsable del aparato del gobierno estatal, estructurado conforme a lo que establece la Ley Orgánica de la Administración Pública, está compuesto por varios órganos o dependencias a través de los cuales el gobernador ejerce sus atribuciones administrativas.

La Constitución del Estado de Oaxaca señala expresamente que La Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca establece el número y denominación de las dependencias administrativas que servirán de instrumentos al gobernador para cumplir con las atribuciones y fines que le señale la Constitución local.

Determina, a su vez, las atribuciones y funciones que corresponden a cada uno de los órganos o dependencias, de acuerdo a los diferentes campos de la actividad del gobierno.

La ley reformada decreta el mismo número de secretarías, pero modifica sustancialmente denominación y funciones, desaparece algunas y crea otras, es el caso de la Secretaría del Trabajo, que dicho sea de paso es cuota política y presupuestal del Partido del Trabajo (PT), y la Secretaría de Desarrollo Social y Humano a cargo de personajes del Partido de la Revolución Democrática (PRD), por ser los ocupados en el sector social más desprotegido ¿Qué no la izquierda trabaja por los pobres?

Fusiona las Secretarías de Economía y de Turismo, designando en un principio al panista Alfredo Ahuja Pérez, quien se ostentó como licenciado en Psicología egresado de la Universidad Nacional Autónoma de México, pero el número de su cédula profesional respondía a otra persona. Provocó un escándalo entre la clase política de Oaxaca, resultó criminal confeso y bastó con un disculpe usted, por ahí sigue en un puesto público cobrando y sin dar la cara.

Lo que era la Secretaría de Obras Públicas ahora se nombra rimbombantemente como Secretaría de las Infraestructuras y el Ordenamiento Territorial Sustentable, que tiene al frente a un rico y reconocido empresario constructor, asistido por uno que otro priista que estuvieron al servicio de Ulises, “El Malo”.

La Secretaría de Desarrollo Rural se amplía en nombre y recursos, para ser Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Forestal y Pesca, así alcanza para dos o tres grupos del PRD -por cierto, están trenzados discutiendo quién se lleva más recursos a su programa, robusteciendo algunas tribus perredistas-.

Para la derecha, insigne y honorable, la Secretaría de Contraloría y Transparencia, en ella una mujer de peso moral: Perla Woorlich y su personal. Y claro la maestra Elba Esther Gordillo se adelantó asegurando para su control a la “licenciada” que no ha podido acreditarse titulada, doña Irma Piñeyro Arias.

Comandando todos los espacios y tomando la batuta el mismísimo Benjamín Robles de Convergencia, metiendo mano en la reforma de la Ley para que desde la oficina de la Gubernatura, se asignara excesivas atribuciones y competencias, que le permitieran el control político y presupuestal del nuevo gobierno por la paz y el progreso; sin embargo tuvo que dejar tan alto cargo por no cumplir el requisito de ser licenciado por ninguna institución de educación superior.

Ahora este personaje se desempeña como secretario particular del gobernador, habilitado de facto en el puesto que dejó, usurpando no en pocas ocasiones funciones de la Secretaria de Gobierno, tal como lo vimos en días pasados entregando al Congreso del Estado el Plan Estatal de desarrollo, por cierto fuera de tiempo y excediendo el plazo de proyección de la administración 2010-2016, con programas a 25 años –Habrase visto soberbia mayor-

Pues sí, este agregado que se hace en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Oaxaca en el capítulo de Órganos Auxiliares es muy descriptivo si se considera la amplísima competencia y extremas atribuciones del jefe de la oficina de la gubernatura, creada ex profeso para Benjamín Robles alias Cara Sucia, que en ese tenor pudo contratar a propios y extraños siempre que le juraran amor y lealtad eternas; descritas en el artículo 34 de la ley en conversa declarándolo de plano jefe máximo del gabinete y supervisor de todas las funciones.

Hoy por hoy ya no es preponderante esta súper oficina, el interés ha modificado sus expectativas de acción y asignación, por lo que en muy poco tiempo estaremos presenciando nuevas modificaciones a la Ley que rige y determina la organización y funciones del ejecutivo del Estado, de tal manera que la ley se adecue al quehacer público y no como debe ser: adecuar la función pública a la ley.

Por otro lado, aparte de la sumisión del Congreso local que implica no acuerdos con la sociedad si no acuerdos de carácter político que lían cuotas de poder y no debate legislativo que refiera el carácter hermenéutico que explique el beneficio de las normas que aprueban; está siempre latente la tentación de la facultad de emitir decretos sin equilibrio de la propia cámara de diputados.

Si, el gobernador de acuerdo a la multicitada ley, puede emitir decretos para la creación, modificación, adscripción, supresión o fusión de las unidades administrativas de las dependencias centrales que requiere la Administración Pública, asignándoles las funciones correspondientes; lo que en su afán de protagonismo mediático y tratando de contrarrestar la creciente inconformidad social y el desencanto -una vez más- borraría del mapa al Congreso local, que debió fijar límites precisos para impedir excesos del poder ejecutivo al momento de ejercer las facultades otorgadas y precisando supuestos específicos.

Esta posibilidad del decreto sin especificaciones y supuestos determinados, resultaría riesgosa para el debido ejercicio republicano, la democracia se debilitaría recrudeciendo viejas prácticas autoritarias.

Vale más acordar, convencer con argumentos de razón política a las diferentes fracciones parlamentarias que entrar en el camino de la ilegitimidad. Son los diputados y diputadas quienes representan la voluntad popular. Debiendo actuar en consecuencia.

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