Bárbara GARCÍA CHÁVEZ
A partir del 28 de septiembre pasado, entró en vigor la normatividad que permite a las oaxaqueñas abortar en caso de que su embarazo sea producto de una violación sexual. Esto es, sin duda alguna, un triunfo de las mujeres, que tras décadas finalmente ven concretizado el anhelo de no ser doblemente violentadas por las autoridades, que ahora sí, sin menoscabar sus derechos deberán respetar la decisión de la mujer a decidir sobre sus cuerpos cuando el embarazo, retiró, sea producto de violación.
Esto a pesar de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ratificó en mayo pasado, por 10 votos a favor, la constitucionalidad de la Norma Oficial Mexicana Violencia Familiar, Sexual y contra las Mujeres. Criterios para la Prevención y Atención (NOM-046) que establece:
“En caso de embarazo por violación, y previa autorización de la autoridad competente, en los términos de la legislación aplicable, las Instituciones públicas prestadoras de servicios de atención médica deberán prestar servicios de aborto médico a solicitud de la víctima interesada, en caso de ser menor de edad a solicitud de su padre y/o su madre, o a falta de estos de su tutor o conforme a las disposiciones jurídicas aplicables”.
La violación sexual contra mujeres de todas las edades, representa el 37 por ciento de los delitos; el otro porcentaje, es decir el 63 por ciento de las denuncias están relacionadas con la violencia de género contra mujeres, datos que dio a conocer la Fiscalía para la Atención de Delitos por Violencia de Género contra la Mujer.
Hasta antes de que se estableciera la normatividad para la práctica de aborto, según lo establece el Artículo 316 del código penal local, las mujeres de todas las clases sociales, con recursos o sin recursos, con preparación académica o sin ella, ponían en riesgo sus vidas orilladas por la falta de reglamentación a esta tan importante disposición legal.
La clandestinidad de la práctica de aborto, sin duda, es una de las razones que terminaron con la vida de muchas mujeres. Las estadísticas muestran que el aborto es la cuarta causa de muerte entre las mujeres en edad reproductiva, situación que se concentra en la población más desposeída, agravada por la falta de información y los estigmas religiosos que impactan a niñas, jóvenes y adultas. La propia Secretaría de Salud en Oaxaca reconoce que en la entidad se registran cuatro mil abortos, sin embargo, la misma dependencia estima que por cada aborto registrado, ocurren cuatro más, esto significa que al menos al año ocurren unos 15 mil abortos, la gravedad del problema estriba en la falta de oportunidades para las mujeres que toman la decisión de no continuar sus embarazos, que sin opción sanitaria son asistidas en lugares inapropiados provocando daños físicos muchas veces discapacitantes, lesiones y la muerte.
Como se ha dicho, los riesgos de embarazo en las adolescentes, el agotamiento por embarazos muy seguidos, las cargas de trabajo físico intenso, el riesgo del parto antes de los 18 y después de los 40 años, la multiparidad, el alto índice de abortos en condiciones de riesgo y sin asistencia médica, son condiciones asociadas directamente con la dificultad que tienen las mujeres de tomar decisiones con respecto a su sexualidad y reproducción, falta de acceso a la información y a servicios de anticoncepción, nulo acceso a los avances tecnológicos y, por supuesto, el marco legal que tipifica la interrupción del embarazo como un delito, excepto las causales muy limitadas que contiene el Código Penal.
Por estas razones la interrupción del embarazo en condiciones de riesgo, constituye un problema de salud pública y de injusticia social con las mujeres, ya que contribuye a la mortalidad materna y a la morbilidad femenina. Sin duda, la reglamentación para que las mujeres puedan abortar cuando es producto de una violación es un avance importante, ahora –y sin ser pesimista- se tendrán que saltar las dificultades de la burocracia que autorizará un aborto (ministerios públicos) y el personal médico que deberá practicar el aborto.