A Reserva
A propósito
del aborto
Bárbara GARCÍA CHÁVEZ
Yo declaro haber abortado. Así concluía
el manifiesto que en 1971 publicaron 343 mujeres francesas, entre ellas Simone
de Bouvoir, Catherine Denueve, Jeanne Moreau y Marguerite Duras. Alzaron su voz
por el silencio de miles de sus compatriotas que abortaban bajo condiciones
peligrosas al realizarlo en la clandestinidad. Cuatro años después se logró la
despenalización en el país galo y desde entonces las francesas –así como sucede
con varios millones de mujeres en el mundo- pueden ejercer libremente el
derecho a decidir sobre su capacidad reproductiva… ¿Y en México?
En 1990, la Asamblea del Movimiento Feminista
Latinoamericano trató el problema
del aborto inseguro y clandestino por ser una de las causas principales de
mortalidad de las mujeres en muchos de los países de la región. En ese mismo
evento, se declaró el 28 de septiembre como el Día Internacional por la
Despenalización del Aborto en América Latina y el Caribe.
A pesar de
este pronunciamiento que pretende salvaguardar la vida de las mujeres y su derecho
a decidir sobre sus cuerpos y sus destinos, en nuestro país se ha
retrocedido desde las posiciones políticas más conservadoras elevando a rango
constitucional la prohibición de suspender el embarazo por decisión exclusiva
de las mujeres, con la retahíla eclesiástica del “derecho a la vida desde el
momento de la concepción”.
Son ya 19 entidades de la
república mexicana (Baja California, San
Luis Potosí, Chihuahua, Sonora, Morelos, Colima, Puebla, Jalisco, Durango, Nayarit, Quintana
Roo, Campeche, Guanajuato, Yucatán, Querétaro, Oaxaca, Chiapas y Tamaulipas)
las que han impuesto la carga de un embarazo no deseado a las mujeres, a
pesar de la obligación del estado mexicano frente al derecho internacional de respetar y promover los
derechos de las mujeres y niñas a la vida, a la
integridad física; incluyendo protección contra todo tipo de violencia, a la
salud, a la educación, a la información y a la no discriminación; conforme está
establecido en los instrumentos internacionales y regionales de derechos
humanos.
La invasiva posición de la iglesia y su
jerarquía católica ha sido determinante en los posicionamientos y arrebatos de políticos
de personajes conservadores de toda la geometría política en México.
Desde los tiempos
de santo Tomás en el siglo XIII se había recomendado a los miembros de la
Iglesia se abstuvieran de tomar partido en los debates científicos debido al
riesgo de que implican los frecuentes cambios en el conocimiento científico,
por lo que las pautas vicarias que
sostienen las creencias canonícas tendrían que conservarse incólumes y dogmáticas.
La fe cristiana
afirma que la dignidad de la persona humana tiene su más profundo fundamento en
el hecho de ser hijos de Dios y hermanos de Jesucristo, dimensionando como
drama terrible el aborto, como un atentado contra esta dignidad sagrada.
Se pronuncian a
favor de la vida, sin argumentos bio-éticos como si la vida implicara solo
plasma y sentencian no solo al alma también invaden la esfera pública
impunemente: “Quien consiente y deliberadamente practica un aborto, acepta que
se lo practiquen o presta una colaboración indispensable a su realización,
incurre en una culpa moral y en una pena canónica, es decir, comete un pecado y
un delito”.
El Canon 1398
dice: "Quien procura un aborto, si éste se produce, incurre en excomunión
Latae sententiae" que es algo así como un juicio sumario, que da cuenta de
la tortura del alma in saecula saeculorum (para toda la eternidad) que ya de
por sí es mucho, y aún más terrible resulta la persecución que -en la tierra-
desde la iglesia se hace para que se criminalice a las mujeres que abortan.
Este principio
rige en la condena ungida que la iglesia impone a las mujeres que toman la
decisión de abortar desde una posición recónditamente confesional, que retoma
inapropiadamente un estado que se auto determine formalmente laico.
No cabe duda que
la libertad de decisión y la garantía de los derechos que conlleva el ejercicio
de esta libertad debe circunscribirse en un ámbito de autodeterminación y
soberanía, separado formal y efectivamente de toda influencia religiosa o
filosófica hegemónica.
En estricto
derecho se ha pronunciado la Suprema Corte de Justicia de la Nación, desde el
2007, cuando la Comisión Nacional de los Derechos Humanos presentó el recurso
de inconstitucionalidad contra las modificaciones al Código Penal del DF en
relación con las reformas que permiten la interrupción legal del embarazo hasta
las doce semanas de gestación, resolviendo por supuesto la constitucionalidad
de la reforma.
Tuvo nuevamente
que intervenir la Corte de Justicia ante dos acciones de inconstitucionalidad
promovidas en contra de normas constitucionales locales (Baja California y San
Luis Potosí) que protegen la vida desde el momento de la concepción.
Ante la tesis “abortista” sustentada a cargo del ministro José Fernándo Franco González Salas,
que afirmaba contundente que la despenalización del aborto no es contraría el
derecho a la vida y aunque existiese ese derecho desde la concepción,
no podría violar la dignidad y los derechos reproductivos de las mujeres, se
impusieron las tesis más reaccionarias del derecho desde
la perspectiva de juristas formados al parecer en el derecho canónico que
argumentaban que sí se reconoce como titular de derechos al naciturus, con
independencia de los derechos de la madre.
Oaxaca, en 2009 adoptó la reforma constitucional que
protege la vida desde el momento de la concepción, aceptando la iniciativa de
la entonces diputada panista Perla Woolrich Fernández, otras y otros
legisladores, incluso de la llamada “izquierda parlamentaria” que
inesperadamente se le sumaron en una sesión exprés donde incluso hubo violencia
explícita contra las mujeres organizadas que fueron literalmente golpeadas por
pretender detener la aprobación de dicha reforma.
Hubo quien
anunció en la revista Proceso el año pasado, que en los dos últimos años del
sexenio de Ulises Ruiz Ortiz (2006-2010), aproximadamente ocurrieron 6 mil 400
abortos “inseguros y clandestinos” en Oaxaca, lo cual en esas condiciones
verdaderamente resulta casi imposible de comprobación. Claro que es
trascendente que cualquier aborto realizado en esas circunstancias pone en
riesgo la vida de las mujeres, e implica situaciones que por sí mismas
violentan los derechos humanos de ellas desde el momento en que determinan una
decisión en ese sentido.
En Oaxaca, como
en otras entidades de la Republica, las mujeres y las organizaciones civiles
feministas se han desmovilizado significativamente en la defensa integral del
derecho a decidir de las mujeres en su cuerpo y destino, respecto a la
interrupción voluntaria del embarazo cuando el gobierno ha decidido implementar
medidas legales e intervenir sólo en los casos de aborto por violación. Tal
parece que cambiamos la canasta de frutas solo por unas cuantas uvas.
Estar a favor de
la despenalización sin llevar a cabo acciones positivas con el fin de prevenir
el problema y cambiar las condiciones sociales y económicas que llevan a las
mujeres a tomar esa decisión es hacer demagogia.
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