Bárbara García Chávez
Rousseau, célebre ilustrado, cuyas ideas políticas influyeron en gran medida en la Revolución Francesa; autor del Contrato Social, obra que modifica el concepto de soberanía, designa a las leyes como la expresión de la voluntad general del pueblo.
La soberanía, decía, es el poder expresado voluntariamente por el colectivo, es absoluta, ya que obedecer al soberano es obedecer la voluntad propia, comprometida. La ley, expresión de la voluntad general, tiene para Rousseau un carácter sagrado, pues representa el único modo de eliminar las arbitrariedades de los hombres particulares que tienen el poder. La ley no puede ser injusta, pues está hecha por el soberano, el pueblo como un todo.
Rousseau plantea la distinción entre soberano y gobierno. Si el soberano es el pueblo en corporación que sabe las leyes, el gobierno es sólo un grupo de hombres particulares que las ejecutan y representa la fuerza al servicio de la voluntad del pueblo, es sólo un "ministro del soberano", simples empleados del pueblo, éste los puede establecer o destituir cuando quiera.
No cabe duda que la ley moldea conductas, sobre todo cuando es producto de la voluntad democrática del pueblo, cuando la razón se sobrepone al dominio arbitrario de quien ostenta el poder formal y fáctico.
Hoy, la ley edifica y consolida nuevos paradigmas que integra en el marco ético-jurídico de los derechos humanos, respetando la laicidad republicana y derivando obligaciones internacionales para el Estado.
Me refiero a la declaratoria de procedencia de la Reforma Constitucional en materia de Derechos Humanos que emitió el Congreso de la Unión el pasado 3 de junio; aprobada el 8 de marzo por el Senado de la República y enviada a los congresos de las 31 entidades federativas para su refrendo, aprobándola 21 legislaturas locales.
Una pena que Oaxaca no se incluya en este proceso, que no se haya convocado a sesión extraordinaria a debatir lo que implica para el país -obviamente prioritario- la trascendencia de los derechos humanos hacia una verdadera transición de justicia democrática; resulta sólo demagogia, el discurso de todas las fuerzas políticas, las unas y las otras, las coaligadas por la paz y el progreso y las de oposición, pues hasta la fecha de la declaración de procedencia de la reforma, Oaxaca brillaba por su ausencia.
Se impone indiscutiblemente la extrema necesidad mediática de sobreponer a Gabino Cué para rendir él y solo él, cuentas del “histórico” avance democrático. Muy preocupados no estaban los diputados Pavel López, presidente de la Comisión de Derechos Humanos, quien argumentó que ya su gobernador y comisionada habilitada (Eréndira Cruzvillegas) estaban trabajando en una iniciativa “mejor”.
La diputación estaba en receso, es decir, muchos de vacaciones. No hubo ningún interés de nadie. Ni Margarita García, la diputada convergente que argumenta los abusos del poder, siempre con los derechos humanos en la mano, ni Flavio Sosa que pide castigo una y otra vez para los violentos asesinos del pasado inmediato, se replegó a los tiempos de Cué y no a la agenda legislativa nacional.
Por supuesto, tampoco en el PRI hubo uno sólo de esa bancada para alzar la voz, por lo menos para curarse en salud.
Pues bien, sin registrar la aprobación del legislativo oaxaqueño, se confirmó la reforma que resulta un verdadero avance en materia de derechos humanos, que a grandes rasgos contempla modificaciones semánticas, como el sustituir la palabra individuos por “personas”, el término asilo se complementa con la palabra universal “refugio”.
Asimismo, se establece que la prohibición de toda discriminación por motivo de las preferencias, sea de manera explícita la referente a preferencias sexuales.
En educación se introduce la obligación de fomentar el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.
El principio general migratorio será regido por el derecho de toda persona para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes.
Se limita la extradición de reos políticos, por consideración a la calidad de esclavos o por que se hubieren alterado sus derechos humanos en el país que lo solicita.
En materia penitenciaria su sistema se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad.
Sobre la suspensión de garantías se acotan y equilibran las facultades del Ejecutivo y se salvaguardan los derechos a la no discriminación, al reconocimiento de la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, a la protección a la familia, al nombre, a la nacionalidad; los derechos de la niñez, los derechos políticos; las libertades de pensamiento, conciencia y de profesar creencia religiosa alguna; el principio de legalidad y retroactividad; la prohibición de la pena de muerte; la prohibición de la esclavitud y la servidumbre; la prohibición de la desaparición forzada y la tortura; las garantías judiciales indispensables para la protección de tales derechos.
La restricción o suspensión de garantías deberá ser proporcional al peligro a que se hace frente, observando en todo momento los principios de legalidad, racionalidad, proclamación, publicidad y no discriminación.
La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), podrá ejercitar acciones de inconstitucionalidad contra leyes federales y estatales que vulneren derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales de los que México sea parte.
También tiene la facultad de conocer quejas en materia laboral y emitir recomendaciones a las autoridades competentes sobre violación de derechos humanos laborales.
Asimismo, se establece la autonomía de los organismos públicos de derechos humanos en las entidades federativas.
La elección del titular de la CNDH y de los integrantes del Consejo Consultivo de la misma, así como de los estatales, deberá ajustarse a un procedimiento de consulta pública, de forma transparente.
A partir de la publicación de esta reforma, todo servidor público está obligado a responder las recomendaciones de los organismos de derechos humanos, nacional o estatal. También hace obligatoria la reparación del daño por la autoridad responsable en caso de acreditarse la violación de derechos humanos.
Cuando las recomendaciones emitidas no sean aceptadas o cumplidas por las autoridades o servidores públicos, éstos deberán fundar, motivar y hacer pública su negativa; además, la Cámara de Senadores o en sus recesos la Comisión Permanente, las legislaturas de las entidades federativas, según corresponda, podrán llamar -a solicitud de estos organismos-, a las autoridades o servidores públicos responsables para que comparezcan ante dichos órganos legislativos para que expliquen el motivo de su negativa.
En tiempo y forma, cumplieron su compromiso con la democracia 21 estados de la República.
Oaxaca se quedó atrás buscando loas, en simulaciones y falsos historicismos que pretenden ensalzar a un sólo hombre, argumentando falacias que estorban los verdaderos procesos históricos, Guanajuato se abrió de capa y decidió no aprobarla con su mayoría conservadora del PAN, lo cual exhibe su posición retrógrada frente a los avances democráticos, no asombra a nadie, en todo caso indigna.
Así es, la reforma va sustentada en la igualdad formal, asumiendo que la diversidad es la riqueza de nuestras sociedades, carácter pluricultural y multiétnico de nuestro país. Queda armonizar la ley con la función ejecutiva, judicial y del vivir y actuar de la ciudadanía. Sigue que las autoridades, sus funcionarios, personal e instituciones se comporten de conformidad a la nueva legislación para garantizar plenamente los derechos de mujeres y hombres.
Los acontecimientos que han violentado la paz social y nuestros derechos fundamentales en los últimos seis meses, no son reversibles, ahí están: decenas de muertos por conflictos políticos y agrarios; mujeres inhabilitadas de facto en escaños políticos ganados, agredidas física y verbalmente, casi en situación de asilo; represiones con uso excesivo de la fuerza pública; permisión abierta para que a la sociedad se nos cierren las vías y acceso al libre tránsito; inseguridad creciente y escandalosa, acompañada por supuesto de cínica impunidad; falta de pago de remuneración legal a miles de trabajadores al servicio del Estado; sin contar con la sistemática descalificación de quien piensa diferente.
Sin embargo, en congruencia con las declaraciones de diversos actores del gobierno del Estado y la reforma del Estado, así como en cumplimiento de las nuevas normas inscritas en la carta magna, deben los poderes del Estado y los ayuntamientos, suscribir con verdadera responsabilidad de cara a todos los sectores de la población oaxaqueña, sin excepciones, un compromiso donde prive la democracia pluralista, representativa, participativa, paritaria y creíble. Donde la igualdad esté basada en los intereses de la diversidad y los derechos humanos, pilares fundamentales para lograr la estabilidad social, política y económica. La voluntad se demuestra con hechos no con declaraciones.