lunes, 13 de junio de 2011

Mujeres y política. Libertad y libertades

Soledad JARQUIN EDGAR

La Secretaría de Gobernación deberá dar una respuesta este lunes 13 de junio, a la petición presentada por Alex Alí Méndez Díaz, abogado que pertenece a la Red Oaxaqueña por la Diversidad Sexual, quien pidió una sanción para el arzobispo José Luis Chávez Botello.

Petición basada en los artículos 8º de la Constitución Política Federal y 30º de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, que prevén respectivamente el derecho de petición y la competencia de las autoridades para intervenir en lo relativo a la observancia y aplicación de la citada ley así como de su respectivo reglamento.

Esta, sería tal vez la primera ocasión en que una autoridad amoneste o sancione a un jerarca de la iglesia católica, luego de que el arzobispo expresara –el 8 de mayo pasado- durante la celebración de un acto de culto religioso en la catedral de la Ciudad de Oaxaca que “… a ninguna mujer limpia y honesta le gustaría ser lesbiana y a ningún hombre limpio y honesto le gustaría ser homosexual”, además demando a las mujeres "defenderse y hablar más en contra de quienes, a veces empujando a algunas personas por delante, van manipulando y queriendo inyectar en la sociedad una manera de ver a las mujeres que no va con su dignidad”.

Méndez Díaz sostiene que de acuerdo con esas declaraciones, el arzobispo incurrió en una evidente y flagrante violación a la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, así como su respectivo Reglamento y algunos tratados internacionales celebrados y ratificados por México en materia de Salud, considerando que como establece el artículo 8º de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público en su fracción I, las asociaciones religiosas deberán sujetarse siempre a la Constitución y a las leyes que de ella emanen, y respetar las instituciones del país; por su parte, la fracción IV del mismo numeral señala que dichas asociaciones deberán propiciar y asegurar el respeto integral de los derechos humanos de las personas.

Sin duda, como lo dice el abogado oaxaqueño, el arzobispo Chávez Botello incurrió en una forma de intolerancia religiosa, considerando lo que establece el artículo 37 del Reglamento de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, que señala que serán consideradas como tales toda distinción, exclusión, restricción o preferencia fundada en motivos de carácter religioso, sancionada por las leyes, cuyo fin o efecto sea la abolición o el menoscabo de las garantías tuteladas por el Estado, lo cual encuadra también en una conducta discriminatoria en términos del artículo 4º del la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

Esta última ley considera discriminación toda distinción, exclusión o restricción que, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, tenga por efecto impedir o anular el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas.

Según las sanciones de esta ley, explica Alex Alí Méndez Díaz, las declaraciones del obispo de ninguna manera propician y aseguran el respeto a los derechos humanos de las personas. Promueven la realización de conductas contrarias a la salud y que incluso su acción misma representa una agresión misma a la salud de la comunidad de homosexuales y lesbianas por traducirse en un acto discriminatorio en términos de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. Las declaraciones del arzobispo encuadran en la conducta de intolerancia religiosa y significan una conducta contraria a las leyes del país.

Y si a eso se le añade que la misma ley establece que las autoridades competentes deben intervenir cuando se trate de conductas de intolerancia religiosa, sin perjuicio de lo que dispongan otros ordenamientos aplicables, se basará en los principios de no discriminación e igualdad ante la ley, y en el derecho de todo individuo a ejercer la libertad de creencias y de culto, sin más restricciones que las previstas en las disposiciones de la materia.

En suma, planteó el abogado ante la Secretaría de Gobernación que el arzobispo con sus declaraciones del pasado 8 de mayo, no sólo violentó Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación sino también la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público y su respectivo Reglamento, de ahí su petición de sanción al jerarca católico.

Por otra parte, argumenta que el derecho a la igualdad y a la no discriminación están tutelados como derechos fundamentales por el artículo 1º de la Constitución Federal, por lo que cuando el arzobispo hizo esas declaraciones se basó únicamente en criterios de índole religioso que tienen que ver con la preferencia u orientación sexual de las personas, por lo que incurrió en una falta grave al principio de no discriminación, más aún cuando existe una sentencia en la acción de inconstitucionalidad 02/20020 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación respecto a la diversidad sexual.

Aquí sólo dos párrafos de esa sentencia: “… de la dignidad humana, como derecho fundamental superior reconocido por el sistema jurídico mexicano, deriva, entre otros, el libre desarrollo de la personalidad, es decir, el derecho de todo individuo a elegir, en forma libre y autónoma, cómo vivir su vida, lo que comprende, entre otras expresiones, la libertad de contraer matrimonio o no hacerlo; la de procrear hijos y decidir cuántos, o bien, decidir no tenerlos; la de escoger su apariencia personal; así como su libre opción sexual.”

“…si uno de los aspectos que conduce la forma en que un individuo proyectará su vida y sus relaciones, es su orientación sexual, es un hecho que, en pleno respeto a la dignidad humana, es exigible el reconocimiento por parte del Estado no sólo de la orientación sexual de un individuo hacia personas de su mismo sexo, sino también de sus uniones, bajo las modalidades que, en un momento dado, se decida adoptar (sociedades de convivencia, pactos de solidaridad, concubinatos y el matrimonio).” (Acción de Inconstitucionalidad 2/2010; Versión pública electrónica de la sentencia; p. 100.

Hay más y más en leyes que trastocó con sus palabras el arzobispo Chávez Botello, todo lo cual fue documentado por el abogado Méndez Díaz. Incluso, a través de un tercer sacerdote, se pretendió echar reversa de sus dichos tras la solicitud que se presentó ante la Secretaría de Gobernación, señalando que por responder rápido (a la prensa en su conferencia dominical) utilizó “en una frase palabras no precisas o desafortunadas…” La disculpa mediática, por supuesto, no exime al arzobispo de su responsabilidad frente a la ley mexicana, según el propio abogado.

Las declaraciones del arzobispo violan la fracción IV del artículo 29 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, por lo que debe sancionarse en los términos de la Ley mencionada y su correspondiente Reglamento.

Esta sería entonces la primera vez que un ciudadano hiciera trastabillar a un prelado por sus dichos que son comunes y cotidianos y que las autoridades municipales y estatales quienes deberían estar pendientes no lo hacen. Todo depende de lo que resuelva la Secretaría de Gobernación. Está en veremos, tal vez no pase nada, no sería extraño, la impunidad en México -se ha dicho en los últimos días, se repitió en la Caravana por la Paz-, es el signo del gobierno federal.

Pero sí pasa, sí el arzobispo es sancionado porque cometió un acto de discriminación e intolerancia religiosa, entonces, estaremos frente otro frente de batalla para la ciudadanía que toma la ley en sus manos para hacerla cumplir sin distinción de jerarquías. Recordemos que ya se impulsa un juicio internacional a Felipe Calderón por los 40 mil muertos de su guerra, más los que se sumen en tanto termina su infernal mandato (ya que estamos hablando del cielo y del infierno). Vemos como empiezan a rodar las cabezas de los políticos corruptos o mafiosos, síntoma de que se acaba la impunidad o enfermedad pre electoral.

LIBERTAD BAJO AMANEZA

Tarde pero se dio la famosa y acostumbrada celebración de la libertad de prensa entre representantes de medios locales y gobierno estatal, a pesar de las asperezas, los desacuerdos de los últimos seis meses o los primeros seis meses del gobierno de Gabino Cué, brotó el humo blanco: habemus press. Sin embargo, como en el triste la alegría duró poco, porque las palabras del gobernador aliancista invitan a la profunda reflexión. Establece con sus palabras una relación por encimita, con pinzas, aunque al mismo tiempo –en palabras- reconoce la importancia de la prensa. Palabras que se desmoronan cuando afirma que está “muy curtido en este tema, porque he estado en muchas campañas y han dicho muchas cosas de mí, y la mera verdad… yo respeto mucho a la prensa”.

Pregunto: ¿le importa o no le importa la prensa? o como deja entre ver, está curtido y lo que digan de él (él-institucional o él-personal) “…la mera verdad…”. Para pensarse, repensarse y replantearse. Es curioso lo mismo decía Ulises Ruiz, cuando afirmaba que en su piel de víbora no penetraban las criticas y lo vimos y lo sufrimos como ciudadanía. Si no conocemos la historia podríamos repetirla, dicen.

Cué afirmó que de su parte nunca habrá una llamada y ninguna acción en contra (de la libertad de prensa o de las y los periodistas), pero advirtió “vamos a ser muy cuidadosos de la difamación, porque eso agravia a las instituciones y no enriquece a la democracia”.

Aclaró (o volvió a advertir) que “asumimos y respetamos la crítica periodística como una posibilidad de mejorar la acción gubernamental para subsanar nuestros hierros y fortalecer nuestras causas de servicio a quienes nos debemos, que es la sociedad”. Bien, el único detalle es que ahí no estuvieron quiénes más críticas le han hecho al gobierno democrático, esa prensa, que como dijo y repitió son “una posibilidad de mejorar la acción gubernamental para subsanar nuestros hierros”, sólo palabras.

En las horas siguientes se difundió vía twitter una amenaza por integrante del Movimiento de Unificación de Lucha Triqui Independiente (MULTI) sobre los periodistas Jaime Guerrero, Virgilio Sánchez e Ixtli Martínez. Guerrero es periodista del portal de noticias E-Oaxaca. Jaime Guerrero, por cierto, acaba de salir de problemas similares, porque el director de Seguridad Pública, Marco Tulio López, confundió al informador como uno de sus agresores durante la trifulca entre “miestros” y “polecias” del pasado 15 de febrero, lo cierto, tuvo que explicar Guerrero es que lo que quería era que los maestros dejaran de pegarle o sea de redentor pasó a crucificado.

Virgilio Sánchez, corresponsal de Reforma y recién realizó un trabajo sobre los triquis, acceso al que también tuvo oportunidad un enviado de Milenio. La tercer mencionada por MULTI fue Ixtli Martínez, periodista en receso y ahora apoyando el quehacer de UBISORT (contrarios al MULTI). Ixtli Martínez, siendo corresponsal de MVS Noticias sufrió un lamentable atentado cuando le dispararon hace justamente un año (14 de junio de 2010) mientras cubría un hecho en la UABJO.

Esta misma semana Citlalli López denunció la agresión de profesores y fuera de “cirulación” Frida Guerrera, ahora funcionaria del DIF, amenazada de muerte por otro bando triqui, el MULT, como ella misma ha denunciado.

En fin, en Oaxaca la actividad periodística se ha vuelto riesgosa y tenía que suceder frente a la cada vez mayor violencia no resuelta por las autoridades entre las comunidades, como sucede con la población Triqui.

Incluso, Oaxaca ha sido catalogada como una entidad peligrosa para el ejercicio periodístico. La cuenta de agresiones crece y es tan grave como lo que pasó en la anterior administración donde lamentablemente quienes fueron agredidos se convirtieron en estadísticas morales como las locutoras triquis y los trabajadores del IMPARCIAL del Istmo. Frente a este llamado de atención, preguntamos ¿quién responde por las y los periodistas en Oaxaca?

YA SON 35

En la nota roja de la prensa local sigue la cuenta. Un último dato revela que ya son 35 mujeres asesinadas en lo que va de este gobierno, el gobierno del cambio.