Tomada de internet |
Soledad Jarquín Edgar
SemMéxico, 20 marzo 2017.- El aborto es legal
en México, al menos de manera general en todas las entidades cuando la
concepción sea producto de una violación. Pero solo el 0.08 por ciento de las
más de 70 mil 600 denuncias por violación sexual interpuestas en las fiscalías
o procuradurías de las entidades y de la propia Procuraduría General de la
República, entre enero de 2009 y el 30 de junio
de 2016, concluyeron en procedimientos de aborto.
El informe de GIRE “Violencia sin
Interrupción” revela las dificultades que las mujeres y niñas enfrentan en
México para hacer valer ese derecho, a pesar de que para ellas, sobre todo en
las niñas, un parto producto de un embarazo forzado puede ser causa de muerte y
deja a las sobrevivientes de la violencia sexual con la vida rota.
La razón no es simple. Legislar sobre aborto,
que en México, en los códigos penales sustentan hasta ocho excepciones diferentes
en las 32 entidades del país, leyes impactadas desde “la moral”, “la
religiosidad”, “los prejuicios”, desde la perspectiva sexista y misógina que no
da a las mujeres ningún valor para tomar una decisión ya no solo sobre su
cuerpo sino sobre el resto de sus vidas.
Recién hablaba una querida amiga sobre el sospechismo que
–con razón- levanta el tema del aborto cada vez que lo traen a la mesa. ¿De qué
nos quieren distraer ahora? Pregunta. Usted puede sacar sus propias
conclusiones, temas nos sobran. Pero, es cierto, el aborto está en la mesa de
la discusión en la Cámara de Diputados federal a raíz del dictamen de la Comisión
de Igualdad de Género, “el ambiente generado” –que de acuerdo con el Grupo de
Información en Reproducción Elegida (GIRE)- ha confundido a la opinión pública
respecto al acceso a la interrupción legal del embarazo en caso de violación
sexual.
Pero no hay que equivocarse, el dictamen no cambia en nada la legalidad de la interrupción del
embarazo para las mujeres víctimas de violencia sexual, ha precisado la
organización, quien aclara que el objetivo del dictamen es impulsar una
serie de medidas para que la Secretaría de Salud garantice que la Norma Oficial
Mexicana 046-SSA2- 2005, que se refiere a la atención de la violencia familiar,
sexual y contra las mujeres, se aplique correctamente, y que las entidades
brinden la adecuada atención a las víctimas de violencia sexual, incluyendo el
acceso a aborto legal.
Son ocho, decía, las excepciones por las cuales el aborto es legal, en algunas entidades con más posibilidades que en otras. Pero el aborto por violación tendría que ser, por llamarlo de algún modo, en automático. Sin embargo, lo legal en muchas ocasiones no alcanza para que se aplique por razones “particulares” del personal de procuración de justicia y médico, y hay, como ya vimos, miles de víctimas de esa violencia y contamos gracias al trabajo de las organizaciones con testimonios de las víctimas en todo el país, sobre las dificultades para hacer efectivo ese derecho.
Son ocho, decía, las excepciones por las cuales el aborto es legal, en algunas entidades con más posibilidades que en otras. Pero el aborto por violación tendría que ser, por llamarlo de algún modo, en automático. Sin embargo, lo legal en muchas ocasiones no alcanza para que se aplique por razones “particulares” del personal de procuración de justicia y médico, y hay, como ya vimos, miles de víctimas de esa violencia y contamos gracias al trabajo de las organizaciones con testimonios de las víctimas en todo el país, sobre las dificultades para hacer efectivo ese derecho.
Por ello, la Comisión de Igualdad de Género, que está
integrada por legisladoras (incluso un legislador) del PRI, PRD, PAN, MC y del
PVEM, busca que las entidades federativas tengan programas de capacitación y
evaluación al personal, así como que los municipios puedan promover y difundir
la aplicación de la NOM 046, regulación que debe o debería garantizar el acceso
de niñas y mujeres a recibir atención adecuada cuando sufren violencia sexual,
lo que incluye el aborto legal.
Ahora, el dictamen propone
que cada estado de la República tenga programas de capacitación, evaluación al
personal y que los municipios puedan promover y difundir la aplicación de la
NOM-046, porque ante los resultados (61 procedimientos de aborto en seis años,
frente a miles de aberrantes violaciones) “reflejan el desconocimiento de las
obligaciones de los prestadores de salud, el afán de imponer sus creencias
personales por encima de la salud y de la vida de las niñas y mujeres,
obstaculizan los derechos mínimos que les permitan recuperarse de esta
situación de violencia y de un embarazo que nunca debieron haber sufrido”
(goo.gl/2pzOZZ).
No tiene, entonces, sentido tener
derechos si esos derechos no son efectivos. Son meras ilusiones pensar que
tenemos derechos si el personal de procuración de justicia o de las clínicas y
hospitales públicos insisten en no ejecutar esas acciones y en poner obstáculos
a las niñas y las mujeres.
Las cifras que GIRE revela en su estudio
deberían ser motivo de vergüenza para las instituciones, cierto ahora la Comisión
de Igualdad de Género ha tomado el toro por los cuernos, debe conseguir el
objetivo. Y me gana el pesimismo con razón de sobra porque hasta donde
recuerdo, en el caso de Oaxaca, han sido varias las organizaciones no
gubernamentales que a lo largo de estos 20 años han realizado diversas acciones
con las dependencias de salud y de la ahora Fiscalía General de Oaxaca para
eliminar los obstáculos morales del personal obligado a no re-victimizar a las
mujeres violando sus derechos. Pero no, todavía no se logra que esos criterios
se apliquen y México de cumplimiento –como establece la norma- a los
compromisos adquiridos en los foros internacionales en materia de la
eliminación de todas las formas de violencia, especialmente la que ocurre en el
seno de la familia y contra la mujer, que se encuentran plasmados en la
Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra la
Mujer (Asamblea General de las Naciones Unidas, 1979); Convención sobre los
Derechos del Niño (Asamblea General de las Naciones Unidas, 1989); Convención
de Viena sobre el Derecho de los Tratados (23-mayo-1969); Declaración sobre la
Eliminación de la Violencia contra la Mujer (Asamblea General de las Naciones
Unidas, 1993); Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar
la Violencia contra la Mujer “Convención de Belem do Pará” (OEA, 1994);
Convención Americana sobre Derechos Humanos (San José de Costa Rica, 1969); y
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Asamblea General de las
Naciones Unidas, 1966).
En fin, tendríamos que ser “personas más humanas” aunque
esto le suene a redundante. Humanizar a quienes sugieren que abortar es un
pecado, ese instrumento de control en que se convierte la derecha y sus
instituciones. El personal médico tendría que ponerse en los zapatos de las
niñas y mujeres que sufren violencia sexual para actuar y proteger sus
derechos.
Tendríamos que pensar que la violencia sexual y el
embarazo forzado son lastres que nos han perseguido desde el principio de la
historia y, por qué no, detenernos unos minutos para pensar qué significa para
una niña y para una mujer engendrar el producto de una violación. Recuerdo una
frase que seguramente ya conoce: sería el recordatorio permanente de la
agresión sufrida, el recordatorio de que su vida no vale nada. Pero esa frase
no se acerca en nada a lo que seguramente significa para una niña o para una
mujer tener una vida rota.
El delito es la violación, a quienes se debe castigar es
a los violadores sexuales; el derecho es abortar en condiciones que no pongan
en riesgo la vida de las víctimas de violación. De eso se trata la propuesta de
la Comisión de Igualdad de Género de la Cámara de Diputados.