Mujeres y
Política
CIPPEEO, atole
con el dedo
SOLEDAD JARQUÍN
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Todo tiene un
principio, un lugar que a veces no alcanzamos a identificar correctamente dónde
está. Este año 2012, cuando se ha aprobado un nuevo Código de Instituciones y
Procedimientos Electorales para el Estado de Oaxaca (CIPPEEO) se cumplirían más
del cien años desde que las mujeres oaxaqueñas exigieron participar en la vida
política o ejercer lo que ahora llamamos derechos políticos.
Ha sido, sin
duda alguna, un larguísimo camino de muchas bajas y pocas altas. Incluso ahora,
el nuevo CIPPEEO es una lista de buenas intenciones, carece de dientes
suficientes y por si fuera poco hay una serie de reglamentaciones que se dejan
a la interpretación y la conveniencia.
En 1997, se
reformó el artículo 136, fracción cuarta, del Código de Instituciones Políticas
y Procedimientos Electorales de Oaxaca, el cual determinaba que ningún partido
podría designar a más de 70 por ciento de sus candidatos de un mismo sexo, a la
larga era claro ese mandato no era suficiente, por años, los partidos políticos
“cumplieron” registrando a mujeres en las suplencias.
Hace apenas unos
días, la Legislatura local aprobó el nuevo Código de Instituciones Política y
Procedimientos Electorales para el Estado de Oaxaca (CIPPEEO) en el que se
esperaba fueran resarcidas las “deudas” con los derechos políticos de las
mujeres y se favoreciera su participación en los procesos electorales,
incluyendo los municipios donde la elección es por usos y costumbres y donde se
margina a las mujeres de sus derechos políticos.
Sin embargo, es claro que por mucho el CIPPEEO no es lo
que se esperaba, aunque hay avances en algunos casos, pero lo cierto es que nos
quedaron a deber y mucho.
Algunos de los artículos fueron escritos en presente
subjuntivo, es decir, de una forma en que la oración principal toma el carácter
de posible, probable, hipotética, creída, deseada, temida o necesaria. Persiste
la trampa a través de una recomendación y no mediante una orden concreta. No es
lo mismo decir: procurando garantizar a decir garanticen. La primera es una
probabilidad, la segunda es un verbo imperativo, que no da lugar a dobleces ni
a interpretaciones posibles que finalmente no favorecen a las mujeres porque
quienes deciden en los partidos políticos son los hombres.
Un ejemplo es lo que indica el Artículo 95, fracción IV y
VI donde se señala: “La integración de sus órganos directivos, en la que se
procure garantizar la paridad de género” y, por otro lado plantea, “Las normas
para la postulación democrática de sus candidatos, procurando la paridad de
género”.
Sin duda podríamos pensar que la propuesta del Artículo
101 ayudará a lograr la participación política de las mujeres, por lo que se
establece en el numeral XV que plantea como obligación de los partidos
políticos “impulsar y garantizar la participación de las mujeres, en la toma de
decisiones e incorporar perspectiva de género en sus acciones de formación y
capacitación política, así como el acceso paritario a los cargos de
representación popular en los términos señalados en este ordenamiento”.
El numeral XXI dice que los partidos políticos están
obligados a “procurar la paridad en la integración de sus órganos de dirección
yen las candidaturas a cargos de elección popular, y”, en ambos casos hablamos de
asuntos internos de los partidos que deberán ser resueltos por ellos mismos y
sólo que no sucediera intervendrían el Tribunal Electoral del Estado o el del
Poder Judicial de la Federación.
De igual forma los partidos políticos tendrán derecho a
recibir hasta el cinco por ciento adicional del financiamiento anual que le
corresponda, de acuerdo al párrafo 1 facción I del artículo 107 para
capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo de las mujeres. ¿Lo
veremos? O cómo ya sucede destinarán ese dinero a otras cosas distintas a la
formación de liderazgos femeninos. ¿Lo exigirán las mujeres que militan en los
partidos?
Por supuesto que era de esperarse en este nuevo código
que las “trampas” no se dieran ni se dejaran a la interpretación de unos sobre
el resto de quienes integran un partido y de quienes aspiran a ser candidatos.
El Artículo 153, referente al procedimiento de registro
de candidatos, hay una mezcla de buenas intenciones que nos deja claro que
nadie se echaría la soga al cuello. En el numeral 6, por ejemplo, se establece
que las fórmulas de un mismo género (no dice sexo) sólo serán en los casos de
representación proporcional y no por el principio de mayoría relativa. Así que,
frente a la no conciencia de quienes dirigen los partidos y la maraña de
intereses que surgen en esos momentos cruciales de elección de candidatos y,
sobre todo, por la falta de dientes del nuevo CIPPEEO, tendremos resultados
nada favorables para las mujeres. La ley es clara, sólo en casos de
representación proporcional y los de mayoría relativa se dejará entonces a la
“voluntad” de los partidos.
En el punto 7 del mismo Artículo 153, habla de la cuota
de género 40-60 para partidos políticos y coaliciones, la trampa se establece
porque no indica en qué lugares deberán ser ubicados: uno a uno o cada tres
uno, es decir, si las mujeres son ubicadas al último de la lista, según esta
ley no puede objetarse nada.
Y, finalmente, en el punto 8 aparece el verbo “procurará” -presente subjuntivo que no es
otra cosa que lo probable-: “en el caso de los municipios que se rigen por
partidos políticos, se procurará integrar plantillas con al menos el cuarenta
por ciento de candidatos propietarios y suplentes de un mismo genero”.
¿Llamadas a misa? Como las feministas califican a este “procurara”.
La sanción se estipula en el artículo 158, cierto, que en
el peor de los casos sería el no registro de sus candidatos. Pero dejaron en el
aire el asunto del lugar que ocuparán las mujeres, dijéramos “a lo que
entiendan los partidos” y ellos sólo entienden que van primero.
Estos son apenas unos ejemplos. La tan cacareada reforma
político electoral sin duda otra vez le quedó a deber a las oaxaqueñas, en
especial para las que militan en algún partido político, que enfrentarán un
proceso electoral estatal en 2013 bajo condiciones desventajosas, porque ¿quién
puede asegurar que no truquearán las interpretaciones como ya es costumbre?
Preocupa también lo establecido en el numeral
9, donde se establece que en las poblaciones donde la población sea mayoritariamente
indígena “se procurara” postular a candidatos indígenas. ¿Dónde quedó la cuota
de género? La realidad me hace ser pesimista, sí, porque entonces “procurarán
poner a los indígenas y no a las indígenas, porque “lo primero es lo primero”.
Sin duda, el año electoral que se avecina podría ser el
escenario de una batalla campal y quienes tienen que tomar las riendas son las
mujeres que militan en los partidos políticos y tal vez una de ellas haga
historia, porque desde que las feministas empezamos a impulsar el sistema de
cuotas ninguna ha recurrido al Tribunal Federal Electoral, terminan,
lamentablemente, doblegándose bajo ese mal entendido principio de la “unidad
partidista”.
La historia está escrita, ya muchas mujeres de partidos
políticos, como las propias diputadas, y de instituciones se adelantaron a
festinar “los avances” del nuevo CIPPEEO a través de sendas declaraciones a los
medios de comunicación, tal vez porque no leyeron bien de qué se trataba, tal
vez porque están conformes con los dos pasos que ya se dieron, tal vez porque
siguen creyendo que la cosa es calmada y sí ha sido tan calmada que recuerdo
que ya pasaron más de cien años buscando los caminos de una democracia real,
donde las mujeres sean incluidas y que todavía no llega y seguramente no
llegará ante las faltas, las omisiones y las interpretaciones que se puedan dar
a lo que no es concreto y mucho menos es claro.
UNA HISTORIA CIEN VECES REPETIDA
Para cerrar la semana, Concepción Rueda Gómez, delegada
de la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) soltó la
bomba, una que es ampliamente repetida, una que ya era conocida y una que
durante años calló a pesar de las evidencias, los testimonios, las denuncias y
las vidas desechas de niñas y niños que han sido violentados sexualmente por
personal directivo y docente de los albergues escolares que se ubican en zonas
indígenas de Oaxaca.
Reitero no es la primera vez que esto sucede, no es
tampoco la primera vez que las víctimas se quedan sin recibir ninguna clase de
justicia por lo que ya he planteado aquí, la inoperancia total del sistema de
investigación policial que opera y ha operado en Oaxaca desde siempre y que
demuestra lo que dijimos la semana pasada, las denuncias no siempre terminan en
justicia. Ni los de ayer ni los de ahora
han podido resarcir los daños, los maestros simple y sencillamente son
cambiados de sede y a nadie le interesa que esas niñas y niños indígenas y
pobres reciban justicia.
En 2008, recuerdo el caso que publicamos de dos niñas
violadas por personal del albergue una en Zacatepec y otra en Tamazulapam Mixe,
una abusada sexualmente por el director y otra por uno de sus maestros. Las
denuncias fueron presentadas contra las agresores Eloy Nicolás Laureano y
Víctor Pérez González. En el primer caso se obsequió la orden de aprehensión en
una primera instancia y del segundo la autoridad municipal obligó al padre de
la víctima a firmar “un acta convenio”, así nada más, a pesar de que la ley no
lo permite, señalaba entonces con indignación la abogada Flor Gutiérrez.
Por increíble que parezca, Eloy Nicolás Laureano fue
puesto en libertad por decisión ya saben ustedes de quien, pero por si no lo
saben lo recordaré: el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca
porque se consideró que la niña mayor de 12 años habría consentido la cópula.
¿Si como no?
Pero en este entramado de injusticia hay más corrupción y
en ella estaban involucrados funcionarios del IEEPO, de la propia institución
que ahora volvió a destapar la cloaca, la CDI, y por supuesto la infalible
Sección 22, quienes optaron por cambiar a los agresores de esos albergues para
“solucionar el problema”.
Por eso digo, alguien quiere curarse en salud y sostiene
que son los padres y las autoridades municipales quienes no atienden el
problema y que ella ya no puede más, incluso declara a El Imparcial en un tono
dramático digno de una de las patéticas series de Televisa, cuando afirma que
“es muy importante abrir este caso, no quedarme callada, porque soy madre,
porque soy mujer y porque lo siento en el fondo de mi corazón y con los riesgos
que conlleve…” ¿no le bastaba a la funcionaria con ser ciudadana y ser
funcionaria obligada a no permanecer callada? Realmente guardó silencio por
mucho tiempo, demasiado tiempo. ¿Sabrá lo que siguen pasando estas dos niñas
violadas en los albergues y obligadas a ser madres como producto de esas
violaciones? ¿Qué hay detrás de todo esto?
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